Ayudas a las organizaciones profesionales agrarias (OPA) 2024
Gastos subvencionables
viernes, 07 de junio de 2024
DESTINO DE LAS AYUDAS
Serán objeto de las ayudas los siguientes gastos de las organizaciones profesionales agrarias.
1. Gastos ordinarios de funcionamiento. - Gastos de personal, incluyendo aquellas cantidades abonadas en concepto de seguridad social. - Gastos ordinarios de funcionamiento como agua, electricidad, telefonía y conservación correspondiente a los inmuebles pertenecientes a la organización, utilizados como oficinas y centros administrativos de la misma, incluidos, en su caso los gastos de arrendamiento y contribución urbana.
2. Actividades de información y representación agraria. Se considerarán como tales la celebración de jornadas, asambleas y congresos, la realización de conferencias y charlas de carácter agrario, la edición de material de divulgación agraria y su distribución y la concurrencia a exposiciones y ferias.
3. Adquisición de bibliografía no inventariable y suscripción a revistas de carácter agrario.
4. Cumplimentación de expedientes de auxilios técnico- económicos.
5. Difusión del seguro agrario.
6. Afiliación en organizaciones de ámbito estatal y europeo para la defensa de los intereses de los agricultores y ganaderos valencianos.
7. Participación en organizaciones interprofesionales agrarias
8. Adquisición de bienes muebles e inmuebles. Se subvencionarán las adquisiciones de bienes muebles que tengan carácter inventariable e inmuebles destinados a su utilización en actividades acordes con los fines propios de las organizaciones profesionales agrarias, así como la devolución aplazada de capitales correspondiente al pago del préstamo hipotecario. La subvención será hasta del 80 por cierto.
07/06/2024 11:13 | AdmonVlc