TECG - Ayudas a la participación de agricultores en regímenes de calidad de productos agrí
Envío de candidaturas hasta el 4 de noviembre
Hasta el sábado, 04 de noviembre de 2017
OBJETO
El fomento de la producción y comercialización de productos agroalimentarios de calidad diferenciada, a través de la participación de las personas agricultoras y agrupaciones de personas agricultoras en programas relativos a la calidad diferenciada incluidos en el Plan de Desarrollo Rural de la Comunitat Valenciana 2014-2020 (denominaciones de origen protegidas, indicaciones geográficas protegidas, especialidades tradicionales garantizadas y marcas de calidad CV).
Son subvencionables los costes fijos satisfechos por parte de las personas agricultoras u organizaciones de personas agricultoras a los organismos de control autorizados, ocasionados por la participación en los regímenes de calidad de productos agroalimentarios (denominaciones de origen protegidas, indicaciones geográficas protegidas, especialidades tradicionales garantizadas y marcas de calidad CV).
En concreto los costes elegibles serán los siguientes:
a) Los costes ocasionados por la inscripción en un régimen de calidad de productos subvencionados.
b) La cuota anual de participación en un régimen de calidad de productos subvencionados.
c) El coste de los controles necesarios para comprobar el cumplimiento del pliego de condiciones del régimen: inspección de campo, control documental, analítica, etc.
No son subvencionables los siguientes costes y actuaciones:
- Los costes internos o de autocontrol.
- Los impuestos recuperables.
- Las actuaciones ya realizadas o aquellas ya iniciadas antes de la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
* Una vez presentada la solicitud, en caso de querer aportar documentos a este procedimiento se podrá hacer a través del enlace que aparece al final del documento.
BENEFICIARIOS
Personas agricultoras y agrupaciones de personas agricultoras que se inscriban por primera vez en alguna de las figuras de calidad agroalimentaria diferenciada de la Comunitat.
REQUISITOS
- No haber pertenecido previamente a dicha figura de calidad. En el caso de la agricultura ecológica certificada las personas agricultoras se considerarán inscritas en el momento que se inicie el período de conversión.
- Ser persona agricultora, ya sea física o jurídica, o agrupación de personas agricultoras.
- Ser personas agricultoras activas en los términos definidos en el Reglamento (UE) nº 1307/2013.
CUANTÍA El importe de la ayuda se limitará a la cuantía del 70 % de los gastos subvencionables realizados, sin superar los 3.000 euros anuales por explotación y año, durante un período máximo de cinco años.
FECHA LÍMITE El plazo de presentación de solicitudes será de un mes y se iniciará el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 8140 de 03/10/2017. Por lo que el plazo finaliza el 4 de noviembre
DOCUMENTACIÓN Y TRAMITACIÓN Detallado en la publicación original de la convocatoria
04/10/2017 18:54 | AdmonAlcoi