Reconocimiento mercados excelentes CV
Requisitos
miércoles, 03 de enero de 2024
REQUISITOS
A) CONDICIONES PARA LA OBTENCIÓN DEL RECONOCIMIENTO de MERCADO EXCELENTE Para la obtención del reconocimiento de Mercado Excelente será necesario:
1. Cumplir los requisitos que para ser titular están fijados en la base segunda de la Orden 11/2018.
2. Contar con una agrupación de profesionales del comercio legalmente constituida, con independencia de su forma jurídica, que represente a las personas titulares de los puestos de venta del mercado y, que agrupe al menos al 65% de las mismas.
3. Acreditar sostenibilidad económica en la prestación del servicio de mercado, en el ejercicio precedente al que se solicita el reconocimiento, o aportar un plan que permita alcanzarla en un plazo de 2 años.
4. Acreditar documentalmente que la gestión comercial se realiza por las personas titulares de los puestos a través de sus órganos de representación de forma profesional, pudiendo estar ésta subcontratada hasta el 100%, de acuerdo con la persona titular de la prestación del servicio, en el supuesto de no coincidir en la misma persona jurídica.
5. Acreditar documentalmente el cumplimiento de la normativa vigente en materia higiénico sanitaria, en la accesibilidad en las instalaciones del mercado y de otras que le sean de aplicación como espacio municipal de uso público.
6. Mantener un horario de apertura al público de lunes a sábado incluyendo al menos 4 horas en horario de tarde, contadas a partir de las 16 horas, en las que la oferta del mercado deberá ser similar al horario de mañanas. En el caso en que la oferta en horario de tarde no cumpla este requisito se aportará un plan para su cumplimiento en el plazo máximo de 2 años.
7. Estar ocupados al menos el 80% de los puestos del mercado a fecha 1 de enero del ejercicio en el que se solicita el reconocimiento. Si hay puestos vacíos, deberá presentarse un plan que, en plazo no superior a 2 años, reduzca los puestos vacíos mediante concentración de espacios, o introducción de otras actividades y usos, al menos a este porcentaje.
8. Destinar a venta de productos de alimentación y bebidas, en cualquier tipo de presentación, al menos el 70 % de los establecimientos con actividad económica, independientemente del número de puestos de venta que ocupe cada uno de ellos.
9. Obtener en el Documento II del Anexo II de la Orden 11/2018 la siguiente puntuación:
a) En cada grupo una puntuación distinta de cero y en la suma de la puntuación de todos los grupos al menos el 70% de la máxima puntuación posible. Cada grupo podrá puntuarse con un valor entre 0 y 2 puntos en función de su nivel de cumplimiento.
b) En suma de los apartados de cada grupo una puntuación igual o superior a 3 puntos. Cada apartado se puntuará entre 0 y 2 puntos en función de su nivel de cumplimiento.
10. Completar la documentación solicitada a plena satisfacción de la Dirección General competente en materia de comercio.
11. En el caso de concesión del reconocimiento y pérdida posterior del mismo por incumplimiento de alguna de las condiciones anteriores, si se solicita de nuevo el reconocimiento habrá que acreditar, al solicitarlo, el cumplimiento de lo establecido, en cuanto a sostenibilidad económica, oferta comercial en horario de tarde y porcentaje de ocupación de puestos, en los puntos 3, 6 y 7 de la base tercera de la Orden 11/2018.
03/01/2024 09:50 | AdmonDesarrolloLocal